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Lunes, 9 de Enero de 2006

LA LEY ANTITABACO IMPLICARA A AUTORIDADES, EMPRESARIOS Y TRABAJADORES

El proximo día 1 de enero de 2006, entrará en vigor la Ley de Medidas Sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, mas conocida como ley Anti-tabaco.

Resumiendo, las disposiciones de esta ley que afectan al mundo laboral, prohiben terminantemente fumar en:

  • Los centros y locales donde lo prohiben las leyes de las comunidades áutonomas, ésta u otras leyes ( o convenios colectivos en el ámbito e las empresas afectadas), o donde lo prohiba el titular del centro o dueño del local.
  • Todos los centros de trabajo cerrados, teniendo en cuenta que, excepto en algunos de hosteleria, no se permite habilitar ninguna zona para trabajadores fumadores.
  • Todos los centros y dependencias públicas y privadas de atencion al público.
  • Todos los centros sanitarios, docentes, formativos o deportivos (éstos si están cerrados)
  • Las salas de fiesta y similares donde esté permitida la entrada a menores de 18 años
  • Los centros comerciales ya sean grandes superficies o galerias comerciales.
  • Los bares y restaurantes de menos de 100 m2, cuando lo prohiba el propietario.
  • Los bares y restaurantes de mas de 100 m2, de superficie de uso público. En estos locales, podrán habilitar zonas de fumadores que estén no solo separadas, sino "estancadas", con respecto a las zonas de no fumadores, y solo pueden habilitar un 10% de la superficie sin que, en ningun caso, supere los 300 m2
  • Los hoteles, pensiones y similares, si bien pueden habilitar para fumadores hasta el 30% de las habitaciones;  pero no los elementos y servicios comunes, incluidos WC, cabinas telefonicas, ascensores, etc.

En conclusion, solo se pude fumar en bares y restaurantes de menos de 100 m2 en los que así lo autorice el propietario, pero señalizando siempre que es un lugar donde se permite fumar y advirtiendo mediante letreros los perjuicios del humo del tabaco. En estos casos, esta sancionado como falta grave (Multa de 601 a 10.000 euros), permitir la entrada en estos bares de fumadores a un menor de 18 años.

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26 de Julio de 2008
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