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Viernes, 28 de Abril de 2006

CIRCULAR ESPECIAL

Por resolución de 11 de abril 2006, de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, se establece que, a partir de 01 junio 2006, todas las empresas, tengan o no personal asalariado, deberán tener en CADA CENTRO DE TRABAJO y a disposición de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, el preceptivo Libro de Visitas en formato oficial. Dicho libro podrá ser el del modelo convencional (con el nuevo formato papel), que pone en vigor esta resolución, o bien mediante aplicación informática que permite sustituir la utilización de dicho Libro y que oportunamente, se pondrá a disposicion de las empresas, la propia Inspección de Trabajo y Seguridad Social, al efecto de que podamos proceder a su legalización bajo esta modalidad.

No obstante lo anterior, nos ha sido informado que, dicha aplicación informática, no tiene fecha prevista de su implantación, lo cual implica que, caso de optar por esta solución,  podría producirse que la empresa estuviera, durante todo el tiempo que se demore dicha implantación, incumpliendo la normativa en este sentido.

La carencia de dicho Libro en el centro de trabajo (fisico o informatizado), podrá comportar la propuesta de sanción por parte de la Autoridad Laboral.

Por tanto, y al objeto de evitar dichas sanciones, esa empresa deberá proceder a legalizar y tener en el centro de trabajo, antes del próximo día 01 junio 2006, el referido Libro, ya sea en version papel - lo que en principio recomendamos - o informatizado.

A tal efecto, nos ponemos a su disposicion para realizar los tramites oportunos, para dar cumplimiento a esta norma, a cuyo efecto debera de remitirnos via correo electronico a nuestra direccion corporativa sallent@sallentassessors.com, o bien mediante al fax nº 93.718.29.85, la informacion siguiente:

EMPRESA

Domicilio Social:

Localidad

Provincia:

A continuacion referenciar todos los Centros de trabajo.

Centro 1

  • Domicilio
  • Localidad
  • Provincia
  • Actividad del centro de trabajo: (si es distinta a la del domicilio social)
  • Centro 2

  • Domicilio
  • Localidad
  • Provincia
  • Actividad del centro de trabajo: (si es distinta a la del domicilio social)

    Centro 3

  • Domicilio
  • Localidad
  • Provincia
  • Actividad del centro de trabajo: (si es distinta a la del domicilio social)

    Asi hasta cumplimentar todos los Centros de Trabajo y  deberán de firmar la Autorizacion siguiente:

    Sres. SALLENT ASSESSORS, S.L.

    Con relación a la legalización del nuevo Libro de Visitas que recoge la resolución de 11 abril 2006, de la Inspección de trabajo y Seguridad Social, vigente a partir de 01 junio 2006, solicito se sirvan proceder a la legalización de los libros relacionados en la informacion anterior, otorgandoles al efecto, la autorizacin necesaria para efectuar las gestiones oportunas ante la Direccion provincial de Trabajo y Seguridad Social y dando conformidad al importe de los honorarios relativos a dicha tramitación.

    Asi mismo, les comunico que opto por la legalización del Libro de Visitas en la modalidad:

    1. Libro formato papel
    2. Libro informtizado

    ( marque lo que corresponda)

    Por la Empresa

    (firmado el representante legal)

    Los suplidos y honorarios por el tramite de legalizacion por el Libro de Visitas (en formato papel), de cada Centro de Trabajo asciende a la cantidad de 23,00 euros.

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    6 de Septiembre de 2008
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